En la Provincia de Córdoba, de acuerdo a la Ley Provincial 9445, los ÚNICOS HABILITADOS LEGALMENTE para realizar una actividad inmobiliaria es el «Corredor Público Inmobiliario -CPI-«, profesional con Título Universitario, que a su vez tiene la Matricula Habilitante del Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios de la Provincia de Córdoba.

Quien no tiene una Matrícula CPI, otorgada por el Colegio Profesional de Corredores Públicos Inmobiliarios, NO PUEDE EJERCER como Inmobiliario y MUCHO MENOS AÚN, Cobrar Honorarios o Comisiones.

Quien no tiene Mat. CPI, está fuera de la Ley y debe ser considerado Ilegal.

PASOS A SEGUIR

Complete con la mayor información posible
Obtenga todas las pruebas posibles (recibos, tarjetas, pagina web, papelería, mensajes de texto o whastapp, etc). Presente el formulario y todas las pruebas en Sede Central o Delegaciones y Subdelegaciones del interior provincial

De acuerdo al artículo 20 de la Ley 9445, el CPCPI deberá denunciar ante la autoridad judicial competente, todo ejercicio ilegal de la Profesión.

    Datos del denunciante

    Identificación del Infractor

    Descripción del Hecho a denunciar y lugar del mismo

    Pruebas Existentes

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