En la Provincia de Córdoba, quien desarrolla la actividad de Corredor Público Inmobiliario debe contar con matrícula habilitante CPI – LEY 9445. Quien ejerce el Corretaje, sin Matrícula CPI, es ILEGAL y debe ser denunciado porque está realizando EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN.
Quien ejerza sin dicha matrícula, o quien posea la misma y cometa faltas e irregularidades en la profesión, puede ser denunciado en el Colegio Profesional Inmobiliario en el cual el Estado ha delegado el control de la actividad profesional. El CPI cuenta con dos órganos especializados e independientes encargados de la evaluación y seguimiento de las denuncias que se recepcionan, estos son el Honorable Tribunal de Disciplina y la Comisión Fiscalizadora.
Aquí acercamos una Guía específica para realizar denuncias tanto para ejercicio ilegal, es decir, un Inmobiliario sin matrícula habilitante, como así también a aquellos profesionales que, estando habilitados, no cumplan con la normativa.